Los ópticos-optometristas y la colegiación obligatoria

por | octubre 14, 2023

optometrista

Aunque nuestra profesión de ópticos-optometristas no forma parte de la lista de profesiones en las que estar colegiado ya no será obligatorio para poder ejercerla (podéis verlo en el último párrafo de la noticia), algo que personalmente me produce un gran alivio ya que no me quiero ni imaginar lo que podría haber provocado, si que puede que se beneficie de otro aspecto que recoge esta nueva ley y que es el siguiente:

 

se prohibirá la cuota de inscripción en los colegios que tengan carácter obligatorio y la cuota periódica solo podrá servir para el sostenimiento de las funciones públicas y los servicios obligatorios del Colegio. Esta última tendrá un máximo de 240 euros anuales.

 

Pues antes de dejaros leer la noticia completa, y como es mi costumbre con este tipo de temas, os voy a pedir vuestra opinión, mediante una respuesta a las dos encuestas que encontrareis en el post, para los mas tímidos, y dejando un comentario al respecto, para los mas audaces.

 

Noticia:

 

Tal y como lo venía pidiendo el Fondo Monetario Internacional, el anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales que prepara el Gobierno busca incrementar la competitividad de las profesiones. Se reduce así el número de profesiones de colegiación obligatoria de 80 a 38.

Disminuyen los costes y las obligaciones de colegiación

 

Según fuentes conocedoras del proyecto, el cambio del marco regulatorio beneficiará en gran parte a los profesionales ya que disminuirán los costes y las obligaciones de colegiación. La nueva normativa prohibirá la cuota de inscripción en los colegios que tengan carácter obligatorio y la cuota periódica solo podrá servir para el sostenimiento de las funciones públicas y los servicios obligatorios del Colegio. Esta última tendrá un máximo de 240 euros anuales. Además, se unifica el marco regulatorio, ya no habrá profesiones que sean obligatorias en una comunidad autónoma sí y en otra no.

[poll id=»65″]

Quedarán fuera de la lista los abogados de empresa y los arquitectos e ingenieros que, en régimen de dependencia laboral, no firmen proyectos ni dirijan obras ni su ejecución.

Los Colegios tendrán un plazo de 10 días para aceptar una solicitud

 

No solo se abaratará la profesionalización. Los derechos de los colegiados mejorará en cuanto que los Colegios tendrán un plazo máximo de 10 días para aceptar o rechazar una solicitud. En el caso de no emitir respuesta, se deducirá que la respuesta es positiva en favor del aspirante. En temas de bajas, el plazo se restringe a dos días desde que se solicita y el cese del pago de la cuota será efectiva desde el mismo momento en que se pide.

 

Más transparencia

 

Asimismo, el anteproyecto de ley busca reformar la transparencia de los Colegios al exigir la publicación de una memoria anual que incluya las cuentas de cada institución así como la obligación de que cada colegio de pertenencia obligatoria se sujete a una auditoría.

Bajarán los precios, beneficiando a los consumidores

 

Los consumidores también se verán beneficiados con la nueva legislación. Al disminuir los costes para el acceso a la colegiación y con el consecuente aumento del número de profesionales registrados (especialmente jóvenes), el incremento de la competencia en cada sector se traducirá, previsiblemente, en unos menores precios para cada servicio. También, en las ventanillas únicas de cada Colegio, se informará con carácter obligatorio de aquellos colegiados que hayan sido expulsados o suspendidos del ejercicio profesional.

 

El número de profesiones que tendrán obligación de colegiarse se reduce en más de la mitad. Así, solo tendrán que registrarse los médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles, así como las ingenierías e ingenierías técnicas reguladas.

[poll id=»66″]

Fuente: ABC

¿Te ha sido útil este artículo?

¡Haz clic en una estrella para puntuar!

Promedio de puntuación 0 / 5. Recuento de votos: 0

Hasta ahora, ¡no hay votos!. Sé el primero en puntuar este artículo.

Suscríbete
Avísame si

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

7 Comments
Inline Feedbacks
View all comments
Lucy

Hace dos años de esta noticia y nada ha cambiado en cuanto a la colegiación. En Andalucía siguen cobrando cuota de inscripción. Cómo denunciarlo??.

Raul Oliva

Disculpame entonces, por tu frase «Aunque nuestra profesión de ópticos-optometristas no forma parte de la lista de profesiones en las que estar colegiado ya no será obligatorio» entendí que decias lo contrario, claro ya me extrañaba que te pareciera un alivio, jajaja. Un saludo

Raul Oliva

La colegiación SI es obligatoria… Fuente: El Pais «El Gobierno está ultimando el anteproyecto de Ley de Colegio y Servicios Profesionales por el que reducirá la colegiación obligatoria en las 80 profesiones actuales a 38 cuando esté aprobada la nueva norma, según fuentes conocedoras del proyecto. La ley restringe la colegiación obligatoria a actividades legales, sanitarias y técnicas. Entre las profesiones en las que se mantiene la colegiación obligatoria están los médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles, así como… Leer mas »